La organización empresarial anti-bloqueos (MEAB) presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura a cargo del titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, por supuesto mal desempeño en su función como juez. La denuncia se refiere a una serie de conductas atribuidas al magistrado que, según el MEAB, configuran un caso de abuso de autoridad y violación de los derechos procesales.
La denuncia sostiene que Ojeda asumió competencia sobre la causa iniciada por la CGT después de que esta organización laboral denunciara la inconstitucionalidad de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Según el MEAB, el objeto del proceso excede el alcance de la Justicia Nacional del Trabajo y corresponde a la justicia federal.
Entre las irregularidades señaladas por el MEAB se encuentran la supuesta omisión de Ojeda de pronunciarse sobre planteos esenciales de jurisdicción, como la inexistencia de un «caso» o controversia concreta y la falta de legitimación activa de la parte actora. También se denuncia la aplicación de trámites sumarísimos sin fundamentación, la selección de documentos para la defensa sin traslado a esta última y la configuración de instancia colectiva sin cumplir los requisitos de certificación de clase fijados por la Corte Suprema.
La medida cautelar dictada por Ojeda el 30 de marzo pasado suspendió con alcance colectivo varios artículos de la Ley N°27.802, lo que generó un riesgo de decisiones contradictorias entre distintos tribunales. El MEAB sostiene que esta medida fue tomada sin sustanciación adecuada del expediente y sin observar los requisitos legales y jurisprudenciales para medidas de tal alcance sobre leyes sancionadas por el Congreso.
La denuncia también menciona una resolución del 17 de abril en la que Ojeda excluyó al Procurador y a los Subprocuradores del Tesoro de la Nación del patrocinio letrado del Estado Nacional, bajo el argumento de falta de matrícula profesional. El MEAB sostiene que esta interpretación contradice la normativa vigente y la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Para respaldar su denuncia, el MEAB presentó como prueba material judicial, documental y registros administrativos de las actuaciones, así como la transcripción y grabación de una entrevista radial en la que Ojeda habría hecho manifestaciones sobre causas en trámite. El escrito considera que, en su conjunto, las conductas atribuidas al titular del juzgado laboral N° 63 configuran un supuesto de mal desempeño y pede la apertura y tramitación del expediente disciplinario, la prueba informativa de todas las actuaciones señaladas y la suspensión preventiva de Ojeda.


